NOTICIA AYUDAS ECONÓMICASLos tipos de ayudas que podrán solicitarse bajo esta orden son los siguientes:

Ayudas a la movilidad para:

  1. Desplazamientos con fines formativos y de inserción laboral, ya sea en taxi o en vehículos de transporte con conductor (VTC).
  2. Adquisición de sillas de ruedas motorizadas, limitadas a scooters eléctricos o tecnologías similares, para personas con movilidad reducida.
  3. Adaptación de vehículos a motor para permitir su conducción por personas con discapacidad.
  4. Eliminación de barreras en vehículos a motor para facilitar el traslado de personas con discapacidad.

Requisitos generales de las personas solicitantes:

  1. Nacionalidad.
    • Ser español o ciudadano de un estado miembro de la Unión Europea.
    • En el caso de personas extranjeras, haber solicitado o tener reconocida la condición de refugiadas, así como el derecho a la protección subsidiaria, de acuerdo a lo establecido por los tratados internacionales y la legislación en materia de extranjería.
  2. Estar empadronada en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid, con al menos 1 año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de solicitud de la ayuda.
  3. Tener reconocido un grado de discapacidad de, al menos, un 33 por ciento.
  4. Existir una relación directa entre la ayuda solicitada y la discapacidad reconocida oficialmente.
  5. No tener más de 65 años el 31 de diciembre del año 2025.
  6. Acreditar situación de dificultad o vulnerabilidad social, en la solicitud.
  7. No estar incursa en las causas de prohibición prevista en la  normativa de subvenciones.
  8. No superar los ingresos brutos personales o de la unidad familiar las siguientes cuantías, correspondientes al año 2023

 

El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 14/04/2025.

Para más información y poder tramitar la solicitud online pincha en este enlace.

Lucía García García.